Cita de: ravenheart en Mayo 23, 2012, 07:28:05 pm¿Quién eres tú para decidir por ella?Me parece extraña esa Respuesta!
¿Quién eres tú para decidir por ella?
No te equivoques ravenheart. Todo lo k dices sobre la justicia española es cierto, pero cuando se trata de acoso a menores las cosas se agilizan mucho y a la k haya el minimo.indicio el acusado tiene las de perder.
Cita de: bryan20 en Mayo 24, 2012, 02:06:00 amCita de: ravenheart en Mayo 23, 2012, 07:28:05 pm¿Quién eres tú para decidir por ella?Me parece extraña esa Respuesta!¿Extraña? Si ella no quiere hablar con sus padres, ni denunciarlo, es posible que tenga sus motivos. No creo que nadie deba tomar esa decisión por ella. Es su vida, cojones.Desde luego, si yo tuviera una novia que no respetara mi decisión en una situación parecida la mandaría a tomar por el culo. De todos modos, algo no me encaja. ¿Le da su número de teléfono a todo el mundo? ¿y su dirección? ¿Sabía que habían quedado? ¿Si no, como es que la siguió diciéndole cosas? ¿Se la encontró "por casualidad", o acaso tiene su domicilio vigilado 24/7?Por otro lado, no tengo nada claro que sea denunciable. Seguir a una persona diciéndole cosas por lo general no es delito. Según lo que le estuviera diciendo, podría ser una falta (que generalmente implica una multa no muy grande) o incluso delito. Una multa de 50 o 100 euros probablemente solo empeore las cosas. Si hay amenazas o acoso (del de verdad) sí podría ser delito (quizá), y denunciar podría arreglar las cosas... o no. La justicia es lenta. Pero ser un cansino todavía es legal. Hablo de España, claro. A lo mejor en otros países se puede ir a la carcel por ser un pesado.
Si no llama a la policia y diles que estas interesado en empezar una amistad con menores a las que no conoces y que si te recomiendan algun colegio en especial. Verás con que ganas te reciben.
Ravenheart, acoso es un termino muy amplio y legalmente hay tipificados muchos tipos de acoso
En tercer lugar, una chica de 17 años es, técnicamente, menor de edad. Si la amistad entre una chica de 17 y un hombre de 30 te parece algo malo, creo que tienes un problema.
¿Sí? Veo que estás puesto, ¿cuales más hay?
Si una de las personas no busca, ni esta interesada en entablar esa amistad (como es el caso)
porque cuando la otra persona no está interesada en desarrollar esa relación, pasamos a hablar de acoso,
Artículo 169.
CAPÍTULO II.DE LAS AMENAZAS.Artículo 169.
Aparte de estos artículos del codigo penal que pueden ser aplicados en cualquier caso de acoso según las circunstancias, también están tipificados como delito el ACOSO LABORAL (O MOBBING), el ACOSO ESCOLAR, y el ACOSO SEXUAL.
ya que como he dicho antes, la ley es más sensible cuando se trata de menores,
y puedes denunciarle por alguna de las causas anteriores aunque no sea verdad
si puedes conseguir con relativa facilidad una orden de alejamiento